Es normal que cuando piden y analizan presupuestos de espacios para su eventos aparezcan siglas y palabras desconocidas, pero la que más retumba en la cabeza de los novios es “NO INCLUYE SADAIC / AADICAPIF – NO INCLUYE IMPUESTOS MUSICALES”. Pero, ¿Qué es esto? ¿Corresponde a los novios pagarlo? ¿Cuándo sí y cuándo no?
¿Quieren hacer una fiesta con música y baile? Entonces es indispensable el pago de estos impuestos. A tenerlo en cuenta a la hora de diseñar el presupuesto!
Las siglas SADAIC significan (Sociedad Argentina de Autores y Compositores) y son quienes se encargan de recaudar el dinero por los derechos de autor de las canciones, AADI (Asociación Argentina de Intérpretes) son impuestos que pagamos para retribuir económicamente a los cantantes de las canciones y CAPIF (Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas) son quienes recaudan el dinero que luego ira a quienes graban y producen los discos.
Todas estas entidades, cobran un impuesto a salones, discotecas, locales, espacios públicos y particulares que deseen reproducir música. Por ejemplo, los locales que tienen música de fondo, también deberían pagarlo.
¿Cuánto hay que pagar?
No hay un monto fijo establecido, sino que va a depender de las características de la fiesta y el lugar en dónde se celebre. Cada provincia tiene su jurisprudencia y además existen convenios y montos pre establecidos para algunos salones. También influye la cantidad de invitados.
¿Es obligatorio pagarlo?
Si, y es un costo que deben asumir los novios. En caso de caer una inspección en el salón durante el evento la multa será mucho más grave.
Por ley el responsable es quién festeja, no el salón, ni el organizador. No se dejen engañar, realicen ustedes mismos el pago o exijan el correspondiente recibo ya que hay salones que lucran cobrando adicionales.
Para más información pueden visitar: www.sadaic.org.ar / www.aadi-capif.org.ar